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Cómo inscribirse en COMPRASAL en 2026 y quedar en el RUPES
El Salvador · revisado el 5 de septiembre de 2026
Inscribirse es crear una cuenta de proveedor en COMPRASAL y esperar que la DINAC apruebe tu inscripción en el RUPES. El formulario está en comprasal.gob.sv/register. Lo único que hay que preparar antes es una declaración jurada firmada.
Antes de empezar: el RUPES no es lo mismo que COMPRASAL
COMPRASAL es el portal donde el Estado publica lo que compra. El Registro Único de Proveedores del Estado (RUPES) es el registro en el que tu empresa queda habilitada para venderle.
Se hacen juntos: creás tu cuenta en COMPRASAL y con eso pedís tu inscripción en el RUPES. Quien la revisa y la aprueba es la DINAC.
Los cuatro pasos, en orden
- 1.
Llená el registro de proveedor en COMPRASAL
Entrá a https://www.comprasal.gob.sv/register. El formulario tiene tres pantallas, tal como las nombra el portal:
- 1. Identificación tributaria — tipo de contribuyente, tipo de documento y número de documento.
- 2. Datos generales — nombre del proveedor, nombre comercial, clasificación empresarial, país, dirección y teléfono. El sitio web es opcional.
- 3. Configuración de usuario — tu correo, el código de verificación y la declaración jurada.
- 2.
Descargá, firmá y subí la declaración jurada
En la tercera pantalla elegís el tipo de declaración jurada, descargás el formato, lo llenás, lo firmás y lo subís en PDF. El portal acepta un archivo de hasta 250 MB.
El formato es distinto según si sos persona natural o persona jurídica. La DINAC publica el de persona natural en dinac.gob.sv/download/declaracion-jurada-persona-natural. Esa declaración acredita que cumplís las condiciones legales de la Ley de Compras Públicas.
- 3.
Esperá la validación de la DINAC
La DINAC revisa lo que mandaste y puede rechazar, observar o aprobar la inscripción. Si algo falta, te lo pide y te da un plazo para enmendarlo.
Si no corregís dentro de ese plazo, la DINAC puede deshabilitar tus usuarios. Eso está en el Art. 8 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas.
- 4.
Completá tu perfil de proveedor
Aprobada la inscripción, todavía no podés ofertar: primero hay que completar el perfil. El Art. 7 del Reglamento pide esta documentación:
- Contactos.
- Accionistas, cuando aplique.
- Obras, bienes y servicios de consultoría y de no consultoría que ofrecés.
- Documentación legal que acredite la existencia de la persona natural o jurídica.
- Giro empresarial.
La DINAC agrega el logo de la empresa a esa lista. Con el perfil completo ya podés inscribirte en cualquier proceso publicado en COMPRASAL.
Ojo con la institución contratante: puede pedir más papeles
El mismo Art. 7 del Reglamento dice que las instituciones contratantes pueden exigir documentación legal o registral que no está en el RUPES.
Es decir: estar inscrito no te ahorra leer los requisitos de cada licitación. Ahí es donde se pierden las ofertas.
Si tu empresa es extranjera
Si tu país firmó la Convención de La Haya de 1961, la documentación va apostillada y traducida al castellano cuando haga falta.
Si no la firmó, la documentación se presenta conforme al Art. 334 del Código Procesal Civil y Mercantil, también traducida cuando haga falta.
Tres cosas que casi todas las guías afirman y el Estado no publica
esto no lo pudimos confirmarNo encontramos en fuente oficial cuánto cuesta la inscripción en el RUPES, cada cuánto se renueva, ni cuántos días hábiles tarda la validación de la DINAC. No vamos a inventar esas cifras. Si te hacen falta, escribí a consultas@dinac.gob.sv, el correo de contacto que la DINAC publica en su propia página.
Lo que sí dice el Reglamento es que la DINAC puede deshabilitar usuarios que no corrijan lo que se les señaló. Eso no es un vencimiento por tiempo.
Si una guía te habla de la LACAP o de la UNAC, está vieja
La LACAP fue derogada. Desde el 2 de marzo de 2023 rige la Ley de Compras Públicas, Decreto Legislativo 652, publicada en el Diario Oficial N.° 43, Tomo 438.
Con ese cambio la UNAC, que dependía del Ministerio de Hacienda, fue sustituida por la DINAC, que es autónoma. Las UACI pasaron a llamarse UCP.
Y el método que todo el mundo conocía como “Libre Gestión” ya no existe con ese nombre. Lo explicamos aparte en Libre Gestión ya no existe.
Ya sabés el trámite. Falta la licitación.
Inscribirte es el trámite; lo difícil es enterarte de lo que sale en tu sector. Barremos COMPRASAL y Guatecompras a diario y te mandamos un Aviso con el cierre y el Veredicto.
Quiero mi primer AvisoSin cuenta y sin tarjeta. Adjudica no presenta ofertas y no garantiza adjudicaciones. Tú revisas, firmas y subes al portal.
de dónde salió cada dato
- Formulario de registro de proveedor, con las tres pantallas y el límite del archivo: https://www.comprasal.gob.sv/register
- DINAC, cómo vender al Estado: la cuenta en COMPRASAL, la declaración jurada, la validación y el perfil. https://dinac.gob.sv/procesos/como-vender-al-estado/
- Reglamento de la Ley de Compras Públicas, Art. 3, 7 y 8: definición del RUPES, documentación exigida y facultad de deshabilitar usuarios. https://www.transparencia.gob.sv/descarga_archivo.php?id=NjA4MTA2
- Formato de declaración jurada para persona natural, publicado por la DINAC. https://dinac.gob.sv/download/declaracion-jurada-persona-natural/
- Entrada en vigencia de la Ley de Compras Públicas, Decreto Legislativo 652, y sustitución de la LACAP. https://www.lexology.com/library/detail.aspx?g=668b19f7-928a-41bb-9592-42e754edbe68